contestar. 1. Cuando significa ‘responder [algo] a lo que alguien dice o pregunta’, es transitivo; la respuesta se expresa mediante un complemento directo y la persona a quien se dirige, con un complemento indirecto: ?Nosotros le contestamos que no? (Tiempo [Col.] 21.1.97). No debe anteponerse la preposición de al complemento directo (→ dequeísmo, 1b): ?Me contestó de que precisa la planilla de contribución? (País [Ur.] 4.10.01). A veces se elide el complemento directo, pero el complemento de persona sigue siendo indirecto: ?Adiós, guardaespaldas —exclamó ella. No le contestó? (Tomás Orilla [Esp. 1984]). En ocasiones, el verbo funciona como intransitivo y la respuesta se expresa mediante un complemento precedido de con: ?Le contesté con un gru?ido? (Bola?o Detectives [Chile 1998] 512).
2. Cuando significa ‘dar respuesta a la pregunta, llamada o comunicación de alguien’, puede construirse con complemento directo o con un complemento precedido de la preposición a: ?Jamás contestó las preguntas que hacían sobre su vida? (Azuela Casa [Méx. 1983]); ?El procesado contestó a sus preguntas? (País [Esp.] 3.6.97); ?La gerencia del Wyndham no contestó las llamadas de este diario? (NDía [P. Rico] 23.10.97); ?Nadie contestaba a las llamadas del timbre? (Mundo [Esp.] 15.1.96).